Zubieta 1813-9-8 aktak

Zubieta aktak 1813 iraila 8 eta 9. Donostia.org (euskaraz)

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Memorablea ACTAS de Zubieta año 1813

Primera Junta celebrada en Zubieta, después de tomada, saqueada é incendiada la Ciudad por los ingleses y portugueses, y estando aún ardiendo sus edificios.

ACTA PRIMERA
En la Comunidad de Zubieta y su casa solar de Aizpúrua, jurisdiccion de la M. N. y M. L. Ciudad de San Sebastian, á ocho de Septiembre de mil ochocientos trece, se juntaron y congregaron, previo mutuo aviso y acuerdo, viniendo, desde Pasajes, Orio, Usúrbil é Iguel-
do, donde se hallan provisionalmente con sus familias, los señores D. Miguel Antonio de Bengoechea y D. Manuel Gogorza, Alcaldes y Jueces ordinarios; D. José Santiago de Claessens, D. José Maria de Eceiza y D. Joaquin Bernardo de Armendariz, Regidores y Síndico del Ayuntamiento de la misma Ciudad, y D. Joaquin Antonio de Aramburu, Prior del Ilustre Cabildo Eclesiástico; D. Joaquin Santiago de Larreandi y D. Joaquin Pio de Armendariz, Presbíteros Beneficiados ; D Joaquin Luis de Bermingham, D. Bartolome de Olózaga, Prior y Cónsul del Ilustre Consulado ; D. José Maria de Soroa y Soroa, D. Evaristo de Echagüe, D. José Elias de Legarda, D. José Ignacio de Sagasti, D. Sebastian Ignacio de Alzate, D. Francisco Antonio de Barandiaran, D. Rafael de Bengoechea, D. Manuel de Riera y don Domingo de Galardi, todos vecinos de dicha Ciudad, á una conmigo el infraescrito Secretario de Ayuntamientos de la misma, no habiendo asistido otros muchos por no habérseles pasado aviso á causa de ignorarse su paradero por la total dispersion del vecindario;

y despues de un gran rato de triste y profundo silencio, interrumpido por los sollozos y lágrimas excitadas al verse reunidos los señores concurrentes, pálidos, macilentos, traspasados de dolor y desarropados los más,

hablaron alternativamente los dos señores Alcaldes, aplaudiendo el celo patriótico que manifestaban todos estos señores con haberse reunido aquí, abandonando sus familias y olvidando sus particulares desgracias, á tratar del partido que habia de tomarse en estas tristes circunstancias á favor de todo el vecindario, y agradeciendo los parabienes que con lágrimas y con la efusión más sincera de sus corazones les dieron los que no habían estado dentro de la Plaza durante el sitio, por haber salido con vida dichos dos señores Alcaldes, Síndico y Presbítero Beneficiado D. Joaquín Santiago de Larreandi (ac.o 1.o),

pidieron que se ocupase desde luego el Congreso acerca de los medios que debian adoptarse para reunir al vecindario y tratar de reparar sus pérdidas, si es que podian repararse tantas muertes, heridas, violaciones de mujeres de todas edades, saqueo total de quanto encerraban las casas, tiendas y almacenes, y por último, el incendio general de toda la Ciudad, que aun en este dia y en este momento mismo continúa, desde el anochecer del treinta y uno de Agosto en que principió;

siendo lo más sensible y doloroso que todas estas muertes, heridas, violaciones, saqueo total é incendio, hayan sido causados por las tropas que tomaron por asalto la Plaza; y por los ingleses y portugueses, nuestros aliados, que habiendo sido recibidos, quando ganaron la brecha, por los habitantes de la Ciudad, con vivas y aclamaciones, correspondieron bárbaramente con fusilazos, y se entregaron en seguida, la noche del treinta y uno, y en todo el dia siguiente, á los mayores desórdenes y horrores, de modo que todo el vecindario tuvo que huir y salir del pueblo el primero y dos del corriente, despavorido y medio desnudo;

y aun los dos señores Alcaldes hubieron de hacer lo mismo por salvar sus vidas, viendo que quantos esfuerzos hicieron con los ingleses y portugueses para contener las muertes,  violaciones, pillaje y fuego de las casas, eran inútiles é infructuosos.

El Congreso, sin embargo de hallarse atónito, asombrado y fuera de sí con la horrorosa catástrofe que ha presenciado, y con la vista de la desnudez y figura cadavérica en que han salido quantos se hallaban dentro de la Plaza, por el atroz y bárbaro trato de los ingleses y portugueses;

y a pesar de la miseria en que se hallan todos los que lo componen, por haber perdido quantos bienes poseian, á resulta del saqueo y subsiguiente incendio, olvidando en este momento sus particulares infortunios, recordó que en diversas anteriores épocas se ha
abrasado la Ciudad de San Sebastian enteramente por incendios, aunque casuales, y que no obstante, por la constancia y amor de los habitantes á su nativo suelo, ha vuelto á repoblarse hasta el punto de opulencia y esplendor que la hicieron célebre y famosa en ambos
hemisferios, utilísima al Estado y muy amada de los Reyes por sus distinguidos servicios.

Convino en que, imitando la magnanimidad de sus antepasados, sin abatirse por la espantosa calamidad presente, se debian poner todos los medios imaginables para la más pronta repo-
blacion de la Ciudad ;

y considerando que el medio más eficaz de que no se disperse y emigre á otras Provincias la parte del vecindario que se ha salvado de la furia de los anglolusitanos, de conservar siquiera los Templos y algunas casas, atraer los habitantes, reedificar la Ciudad y conseguir del Gobierno algunos auxilios, es la creacion de un Ayuntamiento que reuna la voz, representacion y derechos de todos los vecinos y lleve el nombre de la Ciudad de San Sebastian para que suene su existencia política, ya que ha desaparecido la física por su quema total, resolvió, de comun conformidad, y ante todas cosas, escribir con Propio á la Diputacion Provincial, que reside en Tolosa, la carta siguiente, firmada por todos los que componen el Congreso :

«Habiéndonos congregado en esta Comunidad de Zubieta, jurisdiccion de la Ciudad de San Sebastian, los infraescritos Alcaides, Regidores, Secretario del Ayuntamiento de la misma Ciudad, los demás vecinos notables, Prior y Beneficiados del Cabildo Eclesiástico,
no habiendo vuelto aún del asombro que nos ha causado la destruccion total de nuestra Patria, y sus atroces circunstancias, considerando que el punto principal que debe llamar nuestra atencion es que el pueblo no se disperse y que conserve su representacion y Ayuntamiento, recurrimos á la proteccion de V. S., para que se sirva rehabilitar á los individuos del Ayuntamiento último para exercer interinamente sus funciones, y convocar desde luego á los vecinos que pueden ser habidos, para publicar y jurar la Constitucion, y nombrar un Ayuntamiento constitucional.

Los firmantes esperan de V. S. sin perder momento esta rehabilitacion, y que nos descubra sus intenciones y dé sus luces á fin de reparar tan grandes desgracias y lograr la repoblacion de nuestra desgraciada Patria.

Zubieta, jurisdiccion de la Ciudad de San Sebastian, ocho de Septiembre de mil ochocientos y trece.

(Ac.o 2.o) Después de escrita, firmada y despachada la precedente carta, se volvió á conferir sobre las atroces circunstancias con que ha sido tomada la Plaza por los sitiadores, tratando á los habitantes de una Ciudad tan patriótica, fiel y adicta á la gloriosa causa de la Na-
cion, mucho peor que si fuera enemiga ;

mas todos los individuos del Congreso sofocaron sus sentimientos particulares, conociendo importaba mucho conservar la reputacion de los aliados en un tiempo en que iban á entrar en el territorio enemigo, y que perjudicaria á la causa de la Nacion publicar en estas circunstancias su atroz y bárbara conducta. Sacrificando, pues, todo el Congreso unánimemente en favordel bien general toda reclamacion sentida, fixó su atencion y esperanzas en el invencible Lord Duque de Ciudad Rodrigo, para quien se dispuso y aprobó con en tusiasmo la representacion siguiente, que se encargó á los Sres. D. José Ignacio de Sagasti, D. José Maria de Soroa y Soroa y D. Joaquin Luis de Bermingham la pusiesen en lim-
pio y dirigiesen al Lord Duque, firmándola los tres en nombre de la Junta :

«Excmo Sr. : El Ayuntamiento de la Ciudad de San Sebastian y una gran parte de sus principales vecinos, se hallan reunidos en el Barrio de Zubieta, jurisdiccion de la misma Ciudad, con el objeto de acudir á cuantos medios pueda sugerir la imaginacion para el alivio
»de los desgraciados habitantes de ella.

»Por un movimiento espontáneo y unánime se ha fixado la vista de los miembros de esta Junta en el Héroe de la Nacion, en el restaurador de la independencia de España, en V. E., en fin, cuyas virtudes privadas dan tanto realce á su gloria militar. Nuestra confianza en la grandeza del alma de V. E. es ilimitada, y nuestro espíritu, aunque abatido, no nos conducirá á la desesperacion, si V. E. se digna protegernos con la generosidad propia de su carácter.

El Congreso omitirá la relacion detallada de los tristes acontecimientos de San Sebastian, desde el treinta y uno de Agosto hasta el dia de hoy, por no renovar el intenso dolor que han debido causar en un corazon tan sensible como el de V. E., y se limitará á la mencion en grande de una espantosa catástrofe.

San Sebastian, Sr. Excmo., ha padecido un saqueo horrible con los demás excesos anexos á él, y un incendio de cerca de seiscientas casas, en el cual han consumido las llamas el valor de más de noventa millones de reales. Este funesto accidente ha causado la ruina de más de mil y quinientas familias, y ha reducido las siete octavas partes á la desnudez absoluta y á la mendicidad, en un Pais, cuyos habitantes carecen de lo más preciso aun para su propia subsistencia, a resulta de haber sido ocupado por el enemigo durante cinco años.

En medio de este caos de calamidades no se ha notado el menor síntoma de tibieza en el constante patriotismo que ha manifestado desde el año de mil ochocientos y ocho esta infeliz Ciudad. Si nuevos sacrificios fuesen posibles y necesarios, no se vacilaria un momento en resignarse á ellos. Finalmente, si la combinacion de las operaciones militares, ó la seguridad del territorio español exigiesen que renunciásemos por algun tiempo ó para siempre á
»la dulce esperanza de ver reedificada y restablecida vuestra Ciudad, nuestra conformidad seria unánime, mayormente si, como es justo, nuestras pérdidas fuesen soportadas á prorata entre todos nuestros compatriotas de la Península y Ultramar.

Moscow fué incendiado, y experimentó grandes pérdidas. La Europa entera conoce los felices efectos que produjo á la Rusia y á sus aliados esta enérgica resolucion ; pero las pérdidas de Moscow han sido indemnizadas por todo el imperio Ruso, y por la generosa na-
»cion Británica. Y la infeliz Ciudad de San Sebastian, esta benemérita Ciudad, ¿será abandonada á su desgraciada suerte? No :

San Sebastian no reclama en vano la proteccion del inmortal Duque de Ciudad-Rodrigo : los justos clamores de los habitantes de esta Ciudad serán trasmitidos por el Órgano de V. E. á nuestra Regencia, al Ministerio Británico, y á los corazones piadosos de esta ilustre Nacion ; y San Sebastian recacerá.

Séanos permitido este feliz presagio inspirado por el alto concepto que tiene formado el Orbe de las bellas cualidades que adornan á V. E., y permítasenos tambien el reiterarle la triste situacion de mil y quinientas familias pobres de San Sebastian que andan errantes sin
asilo y sin pan. Somos con la más alta consideracion de V. E. muy rendidos servidores.

—Zubieta ocho de Septiembre de mil ochocientos y trece.»
(Ac.o 3.o) Concluida la lectura de la Representacion precedente,
se ocupó la Junta en formar una Memoria de todo lo ocurrido al
tiempo del asalto, y despues que se apoderaron de la Plaza los aliados,
con lo que informaron extensamense los dos señores Alcaldes, Síndico,
Presbítero Beneficiado D. Joaquin Santiago de Larreandi y otros va-
rios vecinos que estaban dentro de la Plaza, y hallándose extendiendo
dicha Memoria, llegó aviso de que se habia rendido esta mañana por
capitulacion el Castillo de la Mota, al que se retiraron los franceses el
mismo dia del asalto, y para cuya expugnacion no habia permitido el
fuego que abrasaba al Pueblo, tomar antes disposiciones activas. La
Junta, en vista de esta noticia, se apresuró á felicitar al General inglés,
comandante de las tropas aliadas, que ocupan la Plaza de San Sebas-
tian, con un oficio que resolvió lo llevase, y entregase yo el Secreta-
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rio, acompañado de uno de los Alguaciles de la Ciudad, que tam-
bien se presentaron, y dicho oficio se extendió en los términos
siguientes :
«El Magistrado de esa Ciudad de San Sebastian, que se halla reu-
»nido en este Pueblo de su jurisdiccion, acaba de saber con la mayor
»satisfaccion que el Castillo de la Mota se ha rendido. Cree de su de-
»ber felicitar á V. E. por este acontecimiento en que interesa la causa
»comun, al mismo tiempo que su obligacion le impele á preguntar
»á V. E. si podrá trasladarse y tomar con libertad sus funciones en fa-
»vor de la causa de la Nacion y de los habitantes.
»A este fin se dirige á V. E, de cuya atencion espera se sirva ex-
»presarle si podrá disponer de los edificios, tanto de los que existan
»como de los derruidos, y tomar, en cumplimiento de sus deberes,
»las providencias que tenga por convenientes al mayor bien de los
»habitantes, sirviéndose V. E. expresarle el apoyo y auxilio que le
»dispensará de su parte. Renueva á V. E. su respeto, y ruega á Dios
»guarde á V. E. muchos años. — Zubieta ocho de Septiembre de mil
»ochocientos trece. — Al Excmo. Sr. General Comandante de las tro-
»pas aliadas en San Sebastian. »
Con tanto se disolvió por hoy esta Junta, quedando convocados
todos los señores concurrentes á esta misma casa de Aizpúrua, por
hallarse ocupada la Consistorial, para mañana á las nueve; y por man-
dado de la misma Junta firmé esta Acta, yo, el Secretario. — Ante
mi, JPH. JOAQUIN DE ARIZMENDI.
Junta segunda celebrada en Zubieta en la mañana
del día 9 de Septiembre de 1813.
ACTA SEGUNDA
En la Comunidad de Zubieta y casa solar de Aizpúrua, á las nueve
y media de la mañana de hoy, nueve de Septiembre de mil ochocien-
tos trece, en consecuencia de la convocatoria y citacion de ayer, se
juntaron los Sres. D. Miguel Antonio de Bengoechea y D. Manuel de
Gogorza, Alcaldes y Jueces ordinarios, D. José Santiago de Claessens,
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D. José Maria de Eceiza y D. Joaquin Bernardo de Armendariz, Regi-
dores y Sindico ; D. Joaquin Antonio de Aramburu, Prior del Ilustre
Cabildo Eclesiástico ; D. Joaquin Santiago de Larreandi y D. Joaquin
Pio de Armendariz, Presbíteros Beneficiados, D. Joaquin Luis de
Bermingham, D. Bartolomé de Olózaga, Prior y Consul del Ilustre
consulado ; D. José Maria de Soroa y Soroa, D. Evaristo de Echagüe,
D. Sebastian Ignacio de Alzate, D. José Ignacio de Sagasti, D. Fran-
cisco Antonio de Barandiarán, D. Rafael de Bengoechea, D. Manuel
de Riera y D. Domingo Galardi, vecinos de la Ciudad de San Sebas-
tian, y por testimonio de mí el infraescrito Escribano público de nú-
mero de dicha Ciudad, en ausencia del Secretario de la misma, que
salió esta madrugada á evacuar la comision que le dió ayer este Con-
greso, acordaron y resolvieron lo siguiente :
(Ac.o) Se prosiguió en la extension de la Memoria ó circunstan-
ciada relacion de las atrocidades cometidas por las tropas aliadas al
tiempo y despues del asalto de la Plaza, y al concluirla llegó el Propio
que se envió ayer á la Diputacion Provincial, con la respuesta en la
que elogia el patriotismo de los que se reunieron en esta Junta, com-
padece y se lamenta con las más vivas expresiones de la catástrofe ocu-
rrida, asegurando que coadyuvará por su parte con todos los medios
imaginables al alivio del vecindario y repoblacion de San Sebastian, y
por quanto desea informarse extensamente de todas las circunstancias
de la desgracia, y meditar y aprobar, segun las ideas de este Con-
greso, las medidas más eficaces para los fines arriba expresados, pide
se envien dos ó más individuos a tratar con la misma Diputacion so-
bre el competente remedio, con las instrucciones que les quiera dar
esta Junta, y por último, concluye dando facultades á la misma para
que nombre nuevo Ayuntamiento ó rehabilite al actual, con la condi-
cion de que ha de ser interino este nombramiento, hasta que se pueda
proceder al del Ayuntamiento constitucional, previa publicacion y
juramento de la Constitucion, cuyos actos deberan practicarse quan-
do determine este mismo Congreso ó el Ayuntamiento interino que
se nombre, el que ha de convocar á todo el vecindario para estos
actos.
En vista de esta respuesta de la Diputacion se acordó que por ser
ya medio dia se suspenda el nombramiento del Ayuntamiento y el
acordar lo demás que convenga, hasta esta tarde á las tres, á cuya
hora se reunirán los individuos del Congreso que permanezcan en esta
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Comunidad, y serán tambien invitados los vecinos de la misma como
parte integrante de la Ciudad, cuyos vecinos son.
Y con tanto se concluyó esta Acta de que dando fe, firmo yo el
Escribano. — Ante mí, JOSÉ ELIAS DE LEGARDA.
Junta tercera celebrada en Zubieta en la tarde
del día 9 de Septiembre de 1813.
ACTA TERCERA
En la Comunidad de Zubieta y su casa solar de Aizpúrua, jurisdic-
cion de la M. N. y M. L. Ciudad de San Sebastian, dadas las tres
horas de la tarde de hoy, nueve de Septiembre de mil ochocientos y
trece, se juntaron los Sres. D. Miguel Antonio de Bengoechea, don
Manuel de Gogorza, Alcaldes ; D. José Santiago de Claessens, D. José
Maria de Eceiza, D. Joaquin Bernardo de Armendariz, Regidores y
Síndico, todos capitulares de la misma Ciudad ; D. José Maria de So-
roa y Soroa, D. Bartolomé de Olózaga, D. Evaristo de Echagüe, don
José Ignacio de Sagasti, D. Joaquin Luis de Bermingham, D. Fran-
cisco Antonio de Barandiarán, D. Manuel Riera, D. José Fermin de
Minondo, D. Sebastian Ignacio de Alzate, D. Manuel Vicente de
Añorga, D. José Manuel de Aizpúrua, D. Juan Fermin de Irigoyen
Araeta, D. Juan Miguel de Aizpúrua, D. Domingo de Galardi, don
José Joaquin de Lasarte, D. Juan José de Goya, D. Juan Miguel de
Zatarain, D. José Antonio de Alliri y D. Juan Agustin de Añorga,
vecinos de dicha Ciudad y de esta Comunidad. Hallándose reunidos
sus Señorias, por testimonio de mí el infraescrito Escribano público
numeral de dicha Ciudad (ac.o 1.o), se trató de proceder al nombra-
miento de electores, y todos por aclamacion y á conformidad de votos
reeligieron á los mismos capitulares anteriores, á saber : por Alcaldes á
D. Miguel Antonio de Bengoechea y D Manuel de Gogorza ; por Re-
gidores, á D. José Santiago de Claessens, D. José Maria de Leizaur,
D. José Maria de Olózaga, D. José Maria de Eceiza, D. Pedro Fermin
de Minondo, D. José Antonio de Parraga ; por Síndico, á D. Joaquin
Bernardo de Armendariz, y habiendo jurado los que se hallaban pre-
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sentes el recto exercicio de sus empleos, tomaron posesion sin con-
tradiccion alguna : tambien quedó reelegido el Jurado de esta Comu-
nidad, D. Manuel de Añorga.
(Ac.o 2.o) En seguida se trató del nombramiento de comisionados
para conferenciar con la Diputacion sobre los medios de repoblar la
Ciudad, é indemnizar á sus vecinos y habitantes de las incalculables
pérdidas que han sufrido ; y teniendo los señores concurrentes la más
alta confianza en el patriotisino, luces y honor de los Sres. D. José
Ignacio de Sagasti, D. José Maria de Soroa y Soroa y D. Joaquin Luis
de Bermingham, les autorizaron plenamente para que, en nombre de
la Ciudad y todo su vecindario, se presenten á la Diputacion de la
Provincia, sugieran quantos medios les dicte su celo para reparar y
poblar cuanto antes á la Ciudad é indemnizar á sus habitantes : hagan
los recursos competentes, sea á nuestro Gobierno como al Británico,
nombrando en caso necesario un agente en Londres, que siga y active
los recursos ; dispongan y publiquen, si lo tienen por conveniente,
un manifiesto que exprese las circunstancias de la catástrofe de la Ciu-
dad ; finalmente, pongan en planta todas las diligencias y medios, asi
para la indemnizacion de los daños, como para fomentar la repoblacion
de la Ciudad y restablecimiento de su comercio, obteniendo las gra-
cias y privilegios más propios para el intento. Asimismo se facultó
a los mismos señores para que busquen dinero para atender á todos
los gastos sobre los Propios de la Ciudad, vendiendo de los cortes que
corresponden en los montes de la misma que estén en sazon, nom-
brando como se nombra por depositario de los fondos que produzca
al Sr. Alcalde D. Miguel Antonio de Bengoechea. Se comisionó tam-
bien á los mismos señores para que, en nombre de todo este Con-
greso, manifiesten á la Diputacion los sentimientos de gratitud de que
se halla penetrado por la favorable acogida que ha prestado á la solici-
tud de la Ciudad, y por el vivo interes que ha tomado en su suerte.
(Ac.o 3.o) Rehabilitado ya el Ayuntamiento anterior, quedó en-
cargado de convocar á los vecinos intra y extramurales de la Ciudad
que puedan ser habidos, á los de esta Comunidad, Aduna, Igueldo,
Alza, Partidos de Ibaeta, Antigua, Lugariz, Amara, Loyola y Calzada
de Pasajes, por cartas y por medio de los Mayorales y Diputados,
citándolos para que asistan á la Ciudad de San Sebastian á las nueve
de la mañana del doce del corriente, á la publicacion y juramento de
la Constitucion, y nombramiento de nuevo Ayuntamiento, que se
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verificará tambien si es posible, y considerando ser muy importante y
de la mayor urgencia el que pase á la Ciudad el Magistrado á darse á
conocer á los Jefes militares, cortar con su presencia y providencias,
tomadas de acuerdo con ellos, el robo que aun dura, atraer y auxiliar
á los vecinos que quieran reconocer los escombros y restos de sus
casas, y en fin, instalarse, tomar posesion y dar principio al exercicio
de sus funciones, se acordó que mañana mismo, entre siete y ocho de
la mañana, salgan de esta Comunidad para la Ciudad los dos señores
Alcaldes y demás individuos del Ayuntamiento que se hallan presen-
tes, asistidos de los vecinos que puedan acompañarlos, y que, entrando
en la Ciudad, se presenten al Gobernador, fixen su residencia por el
pronto en la casa de D. Bartolomé Olózaga, situada en la calle de la
Trinidad, al pie del Castillo, la cual con sola la hilera de casas de
aquella parte, se ha preservado únicamente del incendio, y la ha ofre-
cido para ese objeto el mismo Sr. Olózaga.
(Ac.o 4.o) Por último, muy reconocidos los dos señores Alcaldes,
Regidores y demás señores concurrentes vecinos intramurales de la
Ciudad, á la hospitalidad y afectuosa acogida que han debido á todos
los señores vecinos de esta Comunidad de Zubieta y á la mucha parte
que han tomado en la catástrofe de la Ciudad, manifestada con las más
sinceras y expresivas demostraciones de dolor y los más intensos y
vivos deseos de contribuir á su alivio, les manifestaron con las más
tiernas expresiones por sí y en nombre de toda la Ciudad, su fin y
eterna gratitud, á cuya demostracion correspondieron los señores veci-
nos de esta Comunidad que se hallan presentes, ratificando sus deseos
de contribuir en quanto alcancen sus facultades al mayor alivio de
todos los habitantes de la Ciudad, cuya pronta repoblacion y felicida-
des aseguraron ansiaban de todo corazón.
Con lo qual se concluyó esta Acta, y dando fe firmo yo el Escri-
bano. — Ante mí, JOSÉ ELÍAS DE LEGARDA.
(Estas Actas han sido copiadas íntegras del Libro original que consta en el Archivo
municipal de la Ciudad de San Sebastián.)

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